Se prorroga la medida para favorecer a las empresas en dificultades.
La causa de disolución sigue suspendida.
Cuando una sociedad sufre pérdidas que dejan reducido su patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, se encuentra en causa de disolución, y los administradores deben tomar medidas y convocar a los socios para que regularicen la situación (en general, aportando fondos, solicitando concurso o acordando la disolución y liquidación de la empresa).
No obstante, para evitar que las pérdidas derivadas del COVID-19 dejasen a muchas empresas en situación irregular, se aprobó una norma que dejaba en suspenso dicha causa de disolución y establecía que las pérdidas del ejercicio 2020 no debían tenerse en cuenta a estos efectos.
Pues bien, dicha medida se ha prorrogado también para el año 2021, por lo que las pérdidas de este año tampoco deben tomarse en consideración a los efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución.