El ingreso debe realizarse entre el 16 de septiembre y el 22 de noviembre de 2021.
Si su empresa satisface el Impuesto sobre Actividades Económicas, recuerde:
- Dicho impuesto puede tener carácter municipal. En ese caso, quien se encarga de su gestión y recaudación suele ser el Ayuntamiento o la Diputación.
- O bien puede ser provincial o nacional, en cuyo caso es Hacienda quien realiza su gestión.
En este último caso, el ingreso en el ejercicio 2021 debe realizarse desde el pasado 16 de septiembre hasta el próximo 22 de noviembre de 2021 (incluido). Pulse aquí para acceder a la resolución que establece el plazo de ingreso indicado.
En caso de que no reciba la carta de pago o que ésta se extravíe, deberá efectuar el ingreso con un duplicado que podrá recoger en la delegación o administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia en la que esté situado su domicilio fiscal o donde realice su actividad. Recuerde que aunque no reciba dicha carta, su empresa sigue obligada a realizar el ingreso en las fechas indicadas (al tratarse de un impuesto que se recauda por recibo, Hacienda no está obligada a notificárselo de forma fehaciente cada año).