El lunes 2 de febrero fueron publicadas en el BOE sendas resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado aprobando los nuevos modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales individuales y consolidadas.
La utilización de dichos modelos (cc.aa. individuales: http://www.boe.es/boe/dias/2015/02/02/pdfs/BOE-A-2015-876.pdf ; cc.aa. consolidadas: http://www.boe.es/boe/dias/2015/02/02/pdfs/BOE-A-2015-875.pdf) será imperativa para las sujetos obligados cuando la Junta General o los socios aprueben sus cuentas anuales con posterioridad a la publicación de las referidas resoluciones en el BOE, es decir, a partir del 3 de febrero de 2015.
Los cambios introducidos en los modelos son consecuencia de la promulgación de la Resolución de 18 de septiembre de 2013 del ICAC (http://www.boe.es/boe/dias/2013/09/25/pdfs/BOE-A-2013-9945.pdf) por la que se dictan normas de registro y valoración e información a incluir en la memoria sobre el deterioro de valor de los activos. Dicha resolución ya entró en vigor el 1 de enero de 2014, siendo de aplicación, por tanto, para los ejercicios iniciados a partir de dicha fecha, sin perjuicio de que, tal y como se indica en el propio texto, “…los criterios en ella contenidos pudieran tomarse antes de ese momento como una adecuada orientación para estimar las pérdidas por deterioro”.