Verifique si le conviene cambiar el sistema de cálculo.
Recuerde que el cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades puede realizarse de dos formas distintas:
- Las empresas que superan los seis millones de euros de facturación deben calcularlos según la base imponible acumulada del ejercicio (“sistema de bases”).
- Las empresas que no alcanzan la cifra de facturación indicada pueden calcularlos según el “sistema de cuotas” (es decir, aplicando un porcentaje del 18% sobre la cuota íntegra del último Impuesto sobre Sociedades presentado. No obstante, también pueden optar por el sistema de bases).
Si su empresa no supera los seis millones de euros de facturación, puede interesarle optar por el sistema de bases si prevé que los beneficios que va a obtener en 2024 van a ser inferiores a los obtenidos en 2023. Ejerciendo la opción el importe de los pagos a cuenta será inferior, y anticipará menos fondos a Hacienda que si mantiene el cálculo según el sistema de cuotas.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene calcular los pagos a cuenta de su Impuesto sobre Sociedades según el sistema de bases. La opción debe comunicarse a Hacienda durante el mes de febrero.