Si es usted empresario individual o profesional autónomo y trabaja desde su propia casa, podrá deducir los gastos de titularidad del inmueble en proporción a los metros cuadrados que destine a la actividad, como son el IBI, la comunidad de vecinos, tasas, y demás gastos derivados.
Ahora los autónomos se pueden deducir los gastos del hogar si se trabaja desde él
Asimismo, podrá deducir un porcentaje, según el tiempo que destine al desarrollo de la actividad, de la parte de vivienda utilizada en la misma sobre los gastos de suministros como Internet, luz, agua o calefacción.
En 2018 la ley fija ese porcentaje en el 30% para evitar litigiosidad.